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Fallos: 315:922 de la CSJN Argentina - Año: 1992

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iniciación de la descarga bajo el control aduanero (art. 194 del Código Aduanero), importa un principio de inspección aduanera, en los términos del mentado art, 917. .

Porello, se declara admisible el recurso concedido y se confirma la sentencia apelada. Las costas de esta instancia correrán en el orden causado en atención a que la existencia del precedente de Fallos: 305:1294 pudo generar expectativas razonables, en la vencida, acerca del éxito de su pretensión. Notifíquese y devuélvase, con agregación del precedente citado enel considerando 5.


RICARDO LEVENE (H) - MARIANO AUGUSTO CAVAGNA MARTÍNEZ - RoDoLFo C.
BARRA - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO (segin su voto) - — + ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI (según su voto) - JULIO S. NAZARENO - EDUARDO .

MoLiNt O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO.
VOTO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI
Y DON AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO .
Considerando: Que la cuestión alegada en el recurso extraordinario, ha sido resuelta enla fecha por esta Corte, in re: S.227.XXII. "Subpga S.A.C.I.E. e 1. c/ Estado Nacional (A.N.A.) s/ nulidad de resolución".

Por ello, se confirma el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de recurso. Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado, en razón de que ante la falta de un criterio jurisprudencial firme sobre la cuestión tratada, la recurrente pudo creerse con derecho a sostener su posición. Notifíquese, acompañándose copia del precedente citado, y devuélvase. ,
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO.

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:922 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-315/pagina-922

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