68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. Acumúlese la queja al principal, notifíquese, y oportunamente remítase. Reintégrese el depósito de fs. 51.
RICARDO LEVENE (H) - MARIANO AUGUSTO CAVAGNA MARTÍNEZ - RODOLFO C.
BARRA - AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - "
EDUARDO MoLINÉ O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO.
ADOLFO MARIO SEMORILE v. CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA,
COMERCIO y ACTIVIDADES CIVILES RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Es arbitraria la sentencia que, acreditada la confiscatoriedad de la disminución que produjo en el monto del haber el cambio de sistema de movilidad, adoptó, para pa liar dicho deterioro, una pauta extraña a las disposiciones legales vigentes y pres cindió, sin dar razones que lo justifiquen, de las normas que regían el tema al tiempo .
de concederse el beneficio jubilatorio (1).
RECURSO EXTI 'RAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias, Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.
Silaley vigente a la fecha del cese de servicios del recurrente tenía entidad para subsanar el gravamen que sufrió el monto de la prestación previsional, la aplicación de un sistema extraño hace descalificable al fallo por invocación de la doctrina de la arbitrariedad. . 1) 7 de abril. Fallos: 312:753 . Causa: "Miatello, Ninfa Lilia", del 8 de agosto de 1989.
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:676
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