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JORGE CARLOS CORSICO v. CONUAR S.A. Y OTROS
NOTIFICACION. .
La adecuada notificación de las distintas etapas fundamentales del proceso, máxime tratándose del recurso extraordinario federal, tiene por objeto conceder a los litigantes la oportunidad de ejércer sus defensas con la amplitud que exige el debido proceso y plantear las cuestiones que crean conducentes para la correcta solu ción del litigio (1). » RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite. . Corresponde suspender la tramitación de la queja y devolver los autos principales "al tribunal de origen, si la Cámara denegó el recurso extraordinario sin haber dado cumplimiento, en forma previa, al traslado que determina el art. 257, segundo pá - rrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
COLEGIO ve ESCRIBANOS RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos nacionales.
La presunta colisión entre preceptos constitucionales y una norma local que integra el ordenamiento legal del notariado, constituye cuestión federal bastánte en los términos del art. 14 de la ley 48.
ESCRIBANO. : .
La reglamentación a que puede someterse el ejercicio de las profesiones liberales, ofrece aspecto esencial tratándose de los escribanos, porque la facultad que se les atribuye de dar fe a los actos que celebren conforme a las leyes, constituye una con1) 23 de junio. Fallos: 313:848 . Causas: "Martínez, Agustín y otros" y Castillo, Francisco c/ Corporación Sudamericana de Construcciones S.A.", del 10 de marzo de 1992.
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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1370
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