314 del justiciable al no permitir la pronta terminación del proceso como lo exige la buena administración de justicia (Fallos: 303:688 y 883). ° Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador 1 General, se declara que corresponde seguir entendiendo enla causa en la que se originó este incidente al Juzgado Federal de Azul, al que se le remitirá. , Hágase saber al Juzgado en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial de Azul, Provincia de Buenos Aires. .
RICARDO LEVENE (H) — Aucusro César BerLuscio — JuLio S. NAZARENO — JuLIO OYHANARTE — EDUARDO MoLINÉ O'Connor.
N N .
f GUSTAVO NESTOR HARO ADMINISTRACION FRAUDULENTA.
Encuadra, en principio, en el art. 173, inc. 7°, del Código Penal, la conducta del chofer de una empresa de transporte de pasajeros que expendió boletos no habilitados a ese efecto, reteniendo su importe, con el consiguiente perjuicio económico para la sociedad (1) N JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.
El delito de administración fraudulenta debe estimarse cometido en el lugar donde se ejecuta el acto infiel perjudicial en violación al deber (2).
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia. Cuestiones L penales. Pluralidad de delitos. La intervención de la justicia de instrucción de la Capital Federal en el delito de administración fraudulenta no inhibe la que le corresponde al juzgado provincial en orden ala posible sustracción de los boletos que fueron expendidos fraudulentamente, 1) 16 de abril. Causa: "Cervantes, Juan Jesús", del 7 de Agosto de 1990.
2) Fallos: 308:1372 , 2470; 311:484 .
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:283
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