excedió su competencia apelada, al haber sido introducidas dichas pretensiones recién en la alzada, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento, Es improcedente el recurso extraordinario si los agravios del recurrente se limitan a la enunciación abstracta de diversas causales que descalificarfan al pronunciamiento impugnado, sin rebatir en forma concreta con adecuación a las circunstancias comprobadas de la causa los argumentos que sustentan la decisión del a quo (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales de carácter procesal.
No procede el recurso extraordinario contra el pronunciamiento de la Cámara Nacional Electoral que dispuso la nulidad de un comicio y declaró la necesidad de convocar elecciones complementarias, si el recurrenteinvoca un derecho adquirido alnirreversibilidad de los comicios en virtud dela aplicación denormas eminentemente procesales (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio).
LEY: Interpretación y aplicación.
La interpretación de normas procesales no puede prevalecer sobre la primacía que cabe dara la búsqueda del esclarecimiento de la verdad jurfdica objetiva (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio).
ELECCIONES. -
En lo atinente a la actividad electoral debe primar la defensa de la transparente manifestación de la voluntad de los ciudadanos frente a la invocación de un supuesto derecho adquirido (Disidencia del Dr. Augusto César Belluscio). 
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 11 de diciembre de 1991. 
Vistos los autos: "Novello, Rafael V. -Apoderado del Partido "Unión Cívica Radical" s/ interpone recurso de apelación contra la resolución N° 50 de la H. Junta Elec. Nac.".
Considerando:
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1786 
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