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Fallos: 314:1681 de la CSJN Argentina - Año: 1991

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serige por principios jurídicos propios y no cabe presumir que incurre en el fraude ala ley que presupone el art. 30 del Régimen de Contrato de Trabajo.

Por lo demás, ni de las constancias del expediente ni de las alegaciones de la actora se desprende que la apelante hubiese contratado con Breke S.R.L.

con finalidades fraudulentas.

Por ello, se declara procedente él recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ). Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, porquien corresponda, se dicte una nueva decisión con arreglo a la presente.

Notifíquese y remítase.

RICARDO LEVENE (11) — RopoLro C. BARRA — CARLos S. FAYT (por su voto) — AuGusto César BELLUscIO (según su voto) — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO Morin: O'Connor —

ANTONIO BOGGIANO.
VOTo DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLos S. FAYT Y DON AucusTo C£sar BeLLUSCIO Considerando:

1) Que el Tribunal del Trabajo N° 3 de Lomas de Zamora -al hacer lugar parcialmente a la demanda- condenó en forma solidaria a Breke S.R.L. y a la Municipalidad de Lanús, a pagar a la actora Godoy las sumas correspondientes a indemnizaciones y salarios. Contra este pronunciamiento, el municipio dedujo cl remedio federal -con base en la doctrina de la arbitrariedad, por violación de los arts. 1, 16, 17, 18, 104 y 105 de la Constitución Nacional- que le fue concedido.

2) Que de acuerdo con la doctrina registrada en Fallos: 308:552 (confr.

M.41.XXII. "Martínez, Aída Azucena y otros c/ Cuatro Entidades de bien público", considerando 2°, sentencia del 29 de junio de 1989), el recurso extraordinario es admisible.

3) Que en la sentencia impugnada se afirma que la Municipalidad de Lanús ha sido traída al pleito, no en virtud del art. 2° del Régimen de Contrato

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1681 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-314/pagina-1681

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