JUICIO POLITICO.
El empleo por parte del legislador, de la misma herramienta que utilizó el constituyente, no hace sino colocar ante elevados jueces a aquellos sobre los que pesa una elevada responsabilidad, de modo que no viola el principio constitucional de la igualdad ante la ley (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
JUICIO POLITICO.
La responsabilidad cuyo juzgamiento corresponde a los jueces ordinarios no se elimina por el juicio político, ni siquiera se incluye en €: art. 52 de la Constitución Nacional (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
FISCAL NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS,
Parece francamente un despropósito incluir al Fiscal General de Investigaciones Administrativas entre los "empleados de la administración" enunciados por el inc. 10 del art. 86 de la Constitución Nacional, no sólo por su jerarquía institucional, sino más bien, porque una de las funciones primordiales que la ley le ha asignado consiste, precisamente, en "promover la investigación de la conducta administrativa de los agentes integrantes de la administración nacional..." (art. 3", inc. a), de la ley 21.383) Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
PODER EJECUTIVO.
No obstante el carácter de Jefe de la Administración del Presidente, existe la posibilidad de que en ocasiones señaladas el Congreso asegure el cumplimiento de sus decisiones encomendándoselas a cuerpos determinados cuyas facultades fija Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
FISCAL NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS.
La forma y las causales de remoción del Fiscal General de Investigaciones Administrativas previstas por el legislador tienen la obvia finalidad de preservar su independencia, único modo posible de garantizar el cumplimiento de la delicada tarea que le ha sido encomendada (Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt).
EMPLEADOS panico rm y cesación. Designación.
Noexiste, al menosen términos absolutos, necesaria correlación entreel procedimiento de designación y el de remoción de los funcionarios públicos (Disidencia del Dr.
Carlos S. Fayt). .
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1096
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