RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Exceso ritual manifiesto. Resulta excesivamente formal el criterio utilizado por la cámara al desestimar la nulidad de la notificación de una resolución de la Comisión Nacional de Previsión Social, fundándose en que se la debió haber planteado en sede administrativa.
JUBILACION Y PENSION.
Cuando se evalúan situaciones vinculadas con beneficios de naturaleza alimentaria, deben extremarse las precauciones a fin de lograr que lleguen en tiempo y eñ forma oportuna las prestaciones comprometidas (1).
SADE S.A.C.C.LF.I.M. v. OSCAR A. AVILA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Defectos en la fundamentación normativa.
No obstante tratarse de temas de derecho común y local, es descalificable el pronunciamiento de la Suprema Corte de Buenos Aires que desestimó la queja deducida contra la denegación del recursó de inaplicabilidad de ley, cuando ha consagrado una intérpretación de las normas con aplicación a lás circunstancias del Caso, en términos qué equivalen a la prescindencia deaquéllas, lesionando la garantía de la defensa én juicio, LEY: Interpretación y aplicación. .
La primera fuente de interpretación de la ley es su letra, de la que no cabe prescindir, LEY: Interpretación y aplicación.
En la interpretación de las leyes debe rastrearse su espíritu, en procura de una aplicación racional que avente el riesgo de un formalismo paralizante. 1) Fallos: 288:439 ; 291:245 ; 294:94 ,
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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1018
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