ejecución de honorarios promovida por el perito ingeniero contra un letrado, si está insuficientemente fundada en afirmaciones abstractas que no condicen con las constancias de la causa 1). -
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propias. Cuestines nofederales. Sentencias arbitrarios.
Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa, Corresponde dejar sin efecto la sentencia que ordenó llevaradelante la ejecución de honorarios promovida por el perito ingeniero contra un letrado, soslayando que, al haber desistido el letrado de la estimación de valores inicialmente efectuada y haberse allanado a lo que resolviera el juzgado sobre el tema, no había mediado una controversia sobre la base regulatoria que diera lugara la vía reglada porelan. 23. segundo párrafo. de la ley 21.839. sino que la tasación era a los fines del art. 634 del Código Procesal.
SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES y COMPOSITORES DE MUSICA — v. CONFITERIA BAILABLE KAMASUTRA y OTRO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos prapios. Tribunal superior.
El recuno de inaplicabilidad de ley ante la Suprema Cone de Buenos Aires ha sido mal denegado, si no fueron tratados los agravios de índole federal introducidos en forma oportuna, en razón de la timitación por el monto yue contiene el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial de Buenos Aires. (2).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones nofederales. Sentencias arbitrarias.
Procedencia del recurso. Escesos u omisiones en el pronunciamiento, Corresponde dejar xin efecto el pronunciamiento de la Suprema Corte de Buenos Aires que declaró mal concedido el recurso de inaplicabilidad de ley porque el valor del litigio no superaba el monto mínimo establecido por el an. 278 del Código Procesal, omitiendo tratar el agravio oportunamente introducido por el recurrente y conducente para la valoración de la procedencia del recurso vinculado a que una parte de la condena era de monto indeterminado 3).
1) Fallos: 311:308 .
2) 9 de octubre. Cauxas. "Mignone, Francisco e/Nafor S.A." y "Temperán, Luis María y otros e/Inafor S.A.C.1.". del 16 de febrero de 1989. Fallos: 312:185 .
3) Fallos: 311:1446 . .
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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:1030
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