JOSE ALBERTO VILLARREAL RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Forma. .
La circunstancia de que el procedimiento dispuesto porla cámara, por el cual el memorial sustitutivo del informe "in voce" no se agrega al expediente, y las deficiencias de la nota actuarial que da cuenta de la presentación, sin consignar ningún otro dato, impidan constatar la efectiva existencia de los requisitos formales, no pueden menoscabar el derecho de defensa, por tratarse de una insuficiencia atribuible al tribunal y encontrarse privado de la libertad el encausado, por lo que ha de inferirse por las declaraciones de la parte, el cumplimiento de las exigencias de admisibilidad de la vía extraordinaria, máxime cuando esto ha sido reconocido por el tribunal al elevar las actuaciones(1).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Varias.
Corresponde dejar sin efecto la sentencia de cámara que confirmó la de primera instancia que había dispuesto unificar las penas impuestas al encausado, sin notar los elementales errores aritméticos en esta decisión que impidieron advertir que una de las condenas se hallaba agotada.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.
La sentencia que se sostiene en afirmaciones abstractas que no condicen con las constancias de la causa, ha: incurrido en una arbitrariedad manifiestamente violatoria de la garantía de defensa en juicio.
EMILIO FEDERICO CAFASSI
HABEAS CORPUS.
El procedimiento de hábeas corpus exige que se agoten las diligencias tendientes a hacer efectivo su objeto.
HABEAS CORPUS. -
Interpuesto un hábeas corpus, se debe determinar la existencia o no de un acto u omisión de funcionario o autoridad pública que amenace en la actualidad, sin derecho, la libertad personal del recurrente, 1) 22 de marzo.
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:308
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