sufragios logrados por cada uno de los respectivos partidos, a la guarda de las boletas compiladas y ordenadas de acuerdo a los partidos a que pertenecen (art. 103), al control y reclamos que pueden efectuar los partidos que hubiesen oficializado listas de candidatos (arts. 108 y 111).
También prevé que se consignará en el acta de cierre la cantidad de los sufragios logrados por cada uno de los respectivos partidos (art. 102 inc.
b) y que la Junta Nacional Electoral una vez realizadas las verificaciones establecidas en el art. 112 "se limitará a efectuar las operaciones aritméticas de los resultados consignados en el acta" y, en el cómputo final, sumará las cifras consignadas en las actas adicionando los votos recurridos o impugnados declarados válidos.
El ordenamiento de la estructura electoral se completa en los artículos 148 a 157 que hacen referencia al procedimiento a seguir para la asignación de cargos según el caudal de votos obtenidos por cada lista de candidatos oficializada.
8 Que el examen armónico de las normas que integran el sistema electoral lleva a concluir que la expresión "lista de candidatos oficializada" equivale a lista de partido. Prevalece el partido sobre los candidatos. En efecto, el legislador no sólo ha estimadoirrelevantelas tachas osustituciones que hubiere efectuado el votante (art. 101 apart. Iy art.
150) sino que ha contemplado la posibilidad —a criterio del partido— de no incluir en las boletas la nómina de electores (art. 62 apart. II) y ha considerado nulos los votos emitidos mediante dos boletas de distinto partido (arts. 101 apart. II, c y 149). .
Esta inteligencia resulta concordante con la conceptualización doctrinaria del régimen proporcional variable D'Hondt, como aquél que atribuye representación a las minorías en proporción equivalente al caudal de votos obtenidos por cada partido, es decir, que la cuota de representación dependerá de la ubicación que logre cada fuerza política de acuerdo con el resultado del escrutinio.
9) Que, por otra parte, cabe recordar que en los países democráticos, con el fin de garantizar la igualdad entre los candidatos, se intenta realizar una distribución equitativa de fondos, de acceso a los medios de propaganda, de reparto de locales, pasajes, etc., lo que se realiza a través de los partidos políticos. Si se admitiere la presentación de distintas listas con idénticos candidatos con posibilidad de sumar luego los votos obtenidos a favor de todas ellas, el objetivo de la igualdad se
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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:2211
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