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Fallos: 312:2043 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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Por ello, se confirma la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario. Costas por su orden. .

- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉsar - BeLLuscio — Carlos S. FAYr — . JoreE ANTONIO BACQuÉ.

SACOAR S. A. . C. v. DIRECCION NACIONAL ne" VIALIDAD
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS.
Sila demanda, fundada inicialmente en la ley 12.910 y en los decretos 2874/75, 2875/75 y 2348/76, tuvo por objeto el cobro de las diferencias en concepto de variaciones de costos correspondientes a los certificados de obra, resulta inadmisible que, ante la Corte la actora intente transformar su reclamo en uno distinto, cual es el pedir, con base en el art. 39 de la ley 13.064, la reparación plena e integral del perjuicio sufrido como consecuencia del desfase temporal entre las fechas de ejecución y certificación de las obras, pues se viola el principio de congruencia y el derecho de defensa en juicio.


CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS.
Si por aplicación integrativa de la ley 21.392 se resolvió que la actualización monetaria corriese a partir del vencimiento del plazo de pago de los certificados — previsto contractualmente, no es procedente fijar otra fecha para el comienzo del cómputo de los intereses. .


CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS.
Esimprocedente el reclamo de cobro de las diferencias en concepto de variaciones de costos correspondientes a los certificados de obra, si el contratista no cumplió con el trámite que para el reconocimiento de diferencias en materia de certificación de variaciones de costos exige en forma preceptiva el decreto 3772/64 (Voto del Dr. Augusto César Belluscio).

FALLO DE LA CORTE SUPREMA -
Buenos Aires, 31 de octubre de 1989.

Vistos los autos: "SACOAR S. A. I. C. e/ Dirección Nacional de Vialidad s/ ordinario".

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:2043 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-2043

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