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Fallos: 312:1379 de la CSJN Argentina - Año: 1989

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 22 de agosto de 1989.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Prieto, Gladys Miriam c/ Empresa Subterráneos de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que, ajuicio de esta Corte, no se advierte un caso de arbitrariedad que justifique su intervención en materias que, según el artículo 14 de la ley 48, son ajenas a su competencia extraordinaria.

Por ello, se desestima la queja. .

AUGUSTO CÉsar BeLLUscio — Carlos S. FAyr (en disidencia) —
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JoRGE ANTONIO BACQUÉ.

DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON CARLOS S. FAYT
Considerando: - .

1 Que la Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, al revocar el pronunciamiento de primera instancia, desestimó la demanda interpuesta por Gladys Miriam Prieto —por sí y en representación de su hijo menor de edad Vinicius Thomas Prieto— por daños y perjuicios contra Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado.

Contra ese pronunciamiento la actora interpuso el recurso extraordinario, que al ser rechazado, motivó la presente queja.

25) Que en el auto denegatorio el a quo consideró que el remedio intentado carecía de uno de los requisitos de admisibilidad, puesto que la cuestión federal fue introducida sólo al plantear el recurso extraordinario; también sostuvo que la impugnación del fallo se relaciona con .

cuestiones de hecho, de derecho procesal y común, no susceptibles de

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:1379 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-312/pagina-1379

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