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Fallos: 311:319 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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AGENTES DE BOLSA. : - :
Si bien la función del agente de bolsa excede el marco de las comisiones, las o normas que éstas regulan son aplicables a las relaciones entre agentes y comitentes bursátiles, pues el agente de bolsa actúa en tales casos en nombre propio y por cuenta del comitente y es responsable tanto frente a éstc como frente al otro contratante por las obligaciones contraídas. .


AGENTES DE BOLSA.
"En virtud de lo que establece el art. 232 del Código de Comercio, le son aplicables supletoriamente al agente de bolsa las reglas del mandato comercial el art. 1908 del Código Civil. .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Gravedad institucional , No corresponde hácer lugar a la invocación de la gravedad institucional si el punto no fue objeto de un serio y concreto razonamiento que demostrara de manera indudable la concurrencia de esa circunstancia.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Gravedad institucional.

No corresponde hacer lugar'a la invocación de la gravedad institucional, si el apelante se limita a manifestar que la extensiva interpretación de la conducta ejemplar que deben observar los agentes de bolsa, y el poner en cabeza de ellos la obligatoriedad de aportar pruebas cuando hacerlo es imposible, implica cambiar el sistema bursátil argentino sin aportar fundamento alguno a sus afirmaciones.


AGENTES DE BOLSA.
Dado que la exigencia calificadora de la conducta es poco frecuente en nuestro derecho, debe aplicarse cor rigurosidad al agente de bolsa; por mínimo que se considere el apartamiento implica que la conducta en cuestión ha dejado de ser ejemplar.

AGENTES DE BOLSA. . .
En aquellos casos dudosos o en los que los agentes consideren demasiado gravoso instrumentar un sistema probatorio deben renunciar a los mejores precios y a otras condiciones del negocio que sean más favorables en beneficio de sus comitentes. Estos criterios en modo alguno significan alterar el sistema bursátil argentino, que precisamente reposa, en grado sumo, en la conducta pública y notoriamente intachable de los agentes de bolsa.

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:319 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-319

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