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Fallos: 311:252 de la CSJN Argentina - Año: 1988

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JOSE LOPÉZREGA °) —-. - _ RECUSACION. —— o o Corresponde rechazar de plano la recusación de los miembros de la Corte "que hubieran desempeñado funciones públicas judiciales durante el autodenominado Pro ceso de Reorganización Nacional" toda vez que tal causa no es de las enumeradas en el art. 75 del Código de Procedimientos en Materia Penal.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resolucio- . nes anteriores a la sentencia definitiva. Varias. , - El auto de prisión preventiva no constituye sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48, ni es equiparable a ella. - . .

_- RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Concepto y ' generalidades." . : —.

>. — Laausenciadesentencia definitiva no puede suplirse mediante la invocación de garantías constitucionales supuestamente vulneradas, ni por la pretendida arbitrariedad del pronunciamiento o la alegada "interpretación errónea del —° derecho aplicable. — .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva, ResolucioY nes anteriores a la sentencia definitiva. Varias. — . " Norevisten carácter de sentencia definitiva los pronunciamientos que rechazan — nulidades procesales, cuya consecuencia sea la obligación de Seguir sometido a proceso criminal, pues no ponen fin al procedimiento ni impiden su continuación, ni ocasionan un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Varias. " - . .

Debe hacerse excopción a la doctrina según la cual el auto de prisión preventiva " no es sentencia definitiva, cuando la decisión que se impugna restringe la libertad del imputado con anterioridad al fallo final de la causa, porque la .

restricción de la libertad ocasiona un perjuicio que puede resultar irreparable Disidencia del Dr. Carlos S. Fayt). — . (°) En la misma fecha se dictó idéntica resolución en autos "López Rega, José a/ causa N" 19.765", en los que la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal rechazó las nulidades pretendidas por la "defensa y decretó la prisión preventiva del imputado como presunto autor del delito de peculado.. - Ne - Nu

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:252 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-311/pagina-252

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