Conviene recordar que esta Corte al reafirmar tales principios básicos del sistema de control constitucional federal, estimó conveniente poner de relieve que ellos no tienen por corolario que en el orden nacional no exista la acción declarativa de inconstitucionalidad. En ese punto distinguió entre las peticiones abstractas y generales de inconstitucionalidad, que no pueden revestir forma contenciosa por la ausencia de un interés inmediato del particular que efectúa la solicitud y las acciones determinativas de derechos de base constitucional cuya titularidad alega quien demanda y que tienden a prevenir o impedir lesiones de tales derechos, como son la acción de mera certeza y el amparo (v. al respecto sentencia del 12 de diciembre de 1985 Competencia 515 Libro XX "Lorenzo .
Constantino c/ Estado Nacional s/ nulidad e inconstitucionalidadordinario" considerando cuarto y precedentes allí citados).
Porotra parte, el Tribunal ha determinado además que la demanda de certeza puede inclusive encontrar sustento —como ocurre en el sublite—, en una actividad de índole administrativa, siempre y cuando ella también: a) afecte un interés legítimo; b) el grado de gravamen sea suficientemente directo; c) aquellos actos tengan concreción bastante v. el referido precedente de Fallos 306:1125 , sentencias del 20 de agosto de 1985 S —291— XX ORIGINARIO "Santiago del Estero, Provincia de c/ Estado Nacional y/o Yacimientos Petrolíferos Fiscales s/ acción de amparo" considerando quinto y del 21 de mayo de 1987 A.
362, XI ORIGINARIO "Asociación Civil Escuela Escocesa San Andrés y otros e/ Buenos Aires, Provincia de y otra s/ declarativa y jurisp." allí citada). Aellonoobstala circunstancia que losactos atacados sean de índole local, desde que al encontrarse en definitiva en discusión su constitucionalidad, corresponde al Tribunal, de reunirse los restantes recaudos indicados, el ejercicio de la jurisdicción originaria que le confiere el art. 101 de la Constitución Nacional para abordar la inconstitucionalidad de normas dictadas por gobiernos de provincia (v. Fallos 305:1715 ), aunque dichos preceptos provengan de la actividad administrativa de esos estados locales (v. sentencia del 23 de febrero de 1988, Comp. 609, XXI, "Scarano, Adolfo Carmelo A. s/ acción declarativa"). .
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:2111
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