L RUBEN ARNALDO DE PABLO v Oro RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso, Fundamento.
La procedencia de la apelación federal está condicionada a que el escrito en que se la interpone contenga la enunciación de los hechos de la causa que permita establecer la relación directa e inmediata entre lo que ha sido materia de debate y decisión en autos y las garantías constitucionales cuyo quebrantamiento se aduce.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento. , La invocación genérica y esquemática de agravios no es bastante para fundar el remedio del art. 14 de la ley 48.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso, Fundamento.
El escrito en el que se plantea la inconstitucionalidad del art. 38 del decreto-ley 6582/58 no satisface los requisitos para la procedencia de la apelación federal si no contiene el relato de los hechos de la causa, presenta los agravios de modo por x . demás genérico y confuso, y carece de una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la sentencia.
CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad. Interés para impugnar la constitucionalidad. :
Si el recurrente no fue condenado por aplicación de la norma que lo agravia, sino en función de otra, no surgo lesión en el caso concreto ni posee interés jurídico para efectuar el cuestionamiento. CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucionalidad, Facultades del Poder Judicial.
No le corresponde al Poder Judicial expedirse en forma general sobre la constitucionalidad de las normas emitidas por los otros poderes, sino que resulta necesaria la existencia de un interés individual concreto para justificar la intervención judicial (Voto del Dr. Jorge Antonio Bacqué).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento.
Noobsta ala procedencia del recurso extraordinario el hecho de que no medieuna Crítica precisa de todos los fundamentos del fallo si, aunque en mínimo grado, el
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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1686
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