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Fallos: 310:943 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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YOLANDA ITALIA PARATORE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por la materia.

Cuestiones civiles y comerciales. Sucesión. Domicilio del causante.

Toda vez que la prueba producida con respecto al último domicilio de cujus sea poco clara o simplemente contradictoria, debe tenerse por cierto que dicho domicilio lo tenía en el lugar de su fallecimiento, en donde corresponde que se abra la sucesión (1).


CRUPPI HNOS S.A. v. NESTOR LUIS FRETES y OTRO
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Conflictos entre jueces.

Procede la oposición del tribunal que entiende en la causa penal por de— fraudación, a que el rodado que aparece integrando cuerpo del delito y del que fuera designado depositario judicial su adquirente sea puesto bajo la jurisdicción del juez de la ejecución prendaría, si todas las tesoluciones en juego tienen efectos provisionales, y mo existe pronunciamiento sobre importantes cuestiones —entre las que se cuenta la planteada inoponibilidad frente a terceros de una prenda no inscripta— y en la causa penal, se continúa la investigación y la sustanciación, sin que exista pronunciamiento definitivo (2). MOTOR ONCE S.A.C.I. 'v. MUNICIPALIDAD DE La CIUDAD DE BUENOS AIRES 1 RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federaies complejas. Inconstitucionalidad de normas y actos municipales y policiales. .

Procede el recurso extraordinario, si el- apelante tacha de inconstitucio nales la- prevención C-9 del art. 4.12.2.0 del Código de Edificación 1) 14 de mayo. Causa: "Sucesión de Néstor" Reynaldo Villanueva" del 19 de octubre de 1985; Fallos: 310:501 .

2) 14 de mayo. Fallos 248:365 .

a, - .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:943 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-943

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