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Fallos: 310:1675 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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Al recibir el pedido de abastecimiento (a) tiene que seleccionar a los posibles proveedores. A tal efecto debe coñtar con catálogos o registros de proveedores. Se debe pedir, como mínimo, cotización y condiciones a tres de ellos, observando estrictamente su rotación, dejando constancia, en caso contrario, de las razones que impidieron proceder así. Para cumplir con dicho requisito solicitará la cotización de la mejor oferta de la última consulta —al proveedor que se le efectuó la compra— mientras que los otros dos proveedores a-consultar serán aquellos que figuren en los registros del Sector Compras pero que haga más tiempo que no hayan sido consultados. De esta manera se irá produciendo una rotación ventajosa, pues se conocerán las ofertas actualizadas de los pro- veedores, sin descuidar a quienes están surtiendo mejor al Poder Judicial de la Nación. .

Seleccionados los proveedores, se deberá confeccionar el formulario PEDIDO DE COTIZACION (se adjunta modelo como Anexo Il —fs: 8-), donde deben asentarse las especificaciones técnicas y medidas del o los elementos a requerirse, la cual deberá emitirse en tantas copias como proveedores vayan a ser consultados, más una que quedará el Sector Compras. En este último ejemplar "se deberá anotar el nombre y el demicilio de los proveedores que han sido consultados. Esta copie se agregará a la carpeta de antecedentes y tan bién será útil para detectar cualquier demora en la recepción de las cotizaciones.

Recibidas las cotizaciones efectuadas por los oferentes, confeccionará una planilla comparativa de precios, que servirá para determinar cuál es el proveedor que cotiza más bajo.

Determinado el proveedor, se confeccionará, "por duplicado, el formulario "ORDEN DE ADJUDICACION" (se adjunta modelo como Anexo IV —fs.

10-) y que función a su monto deberá estar aprobado según lo especificado el Capítulo "MONTOS E INSTANCIAS DE ADJUDICACION" (punto D) del presente reglamento. .

Aprobada la orden de adjudicación, entregará el original al proveedor, y el duplicado lo archivará en la carpeta de antecedentes.

H) CONTROL.
El Sector Control Interno, dependiente del Area Administrativa Contable, es el encargado de velar por el cumplimiento de este reglamento. A tales efectos deberá realizar inspecciones periódicas, que comprenderán la evaluación > del sistema de control interno y la validez de cada nna de les operaciones auditadas, proponiendo, en caso de corresponder, las medidas correctivas que considere necesarias a los efectos de salvaguardar los intereses del Poder Judicial de le Nación. Josf Suveno Casarremo — AUGUSTO César Berruscio — Canos S, Far — Ensique SANTIAGO PermACCHI — JORGE ANTONIO Bacquí.

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1675 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1675

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