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Fallos: 310:1678 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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47) En el caso de aquellos magistrados y funcionarios que no se beneficiaren con el sistema indicado precedentemente, y en cl de los empleados, deberán acreditar la prestación efectiva de servicios anteriores válidos mediante la presentación .

de certificados expedidos por las autoridades pertinentes.

59) La liquidación de la retribución adicional mensual por antigiedad, se efectuará al mes siguiente del cumplimiento de los plazos a que refiere el art, 19 del decreto.

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fc. JosÉ Severo CABALLeno — Aucusro César BELLuscIO — Canos S. FAYr —ENRIQUE SANTIAGO PETRaCCIHI Jones ANTONIO Bacqué — Eduardo D. Craviotto (Secretario).


CORTE SUPREMA. FUNCIONARIOS. TITULOS.
ER
TR —No 26 En 'Buenos Aires, alos 8 días del mes de septiembre del año mil novecientos ochenta y siete, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, doctor don José Severo Caballero y los señores Jueces doctores don Augusto César Juan Belluscio, don Carlos S. Fayt, don Enrique Santiago Petracchi y don Jorge Antonio Bacqué, "Consideraron:

Que resulta conveniente que quienes se desempeñen en determinados cargos, en dependencias del Tribunal, cuenten con conocimientos universitarios especializados, . .

Acordaron: 19) El funcionario que so desempeñe como Subdirector General de la Subsecretaría de Administración debe poseer título de Contador Público o Administrador de Empresas. .

29) El funcionario que se desempeñe como Prosceretario Jefe a cargo de Departamento de Arquitectura debe poscer título de Arquitecto o Ingeniero Civil pet .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1678 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1678

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