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Fallos: 310:1510 de la CSJN Argentina - Año: 1987

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DORA GARAY DE RECALDE
EMPLEADOS JUDICIALES. o No corresponde revocar el descuento de haberes ordenado sobre la base .

del informe del Servicio de Reconocimientos Médicos, ante el cual la interesada no presentó oportunamente las constancias necesarias para acreditar en debida forma su "enfermedad (1). .

. - - .

ARGENTINO RIOS y OTROs FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS.

De conformidad con el art. 39, inc. d) de la ley 21.383, es indudable que cualquiera sea el estado en que se encuentre la causa la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas está facultada para asumir el ejercicio directo de la acción pública.


FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS.
En los casos que, en razón de lo dispuesto por la ley 21.383, corres ponde actuar al Fiscal General de Investigaciones Administrativas, su intervención consistirá en el ejercicio de la función pública en interés de la aplicación de la pena, en tanto que al Ministerio Público corres ponde ejercer sus funciones en aquellos asuntos de orden o interés público, que indudablemente incluyen los constitucionales, los de competencia, los de prescripción y los de recusación de los magistrados, entre otros. - .


FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS.
N Aun cuando en un mismo asunto el Fiscal General de Investigaciones Administrativas y el ministerio público sustentan criterios diversos, no cabría hablar de escándalo jurídico, pues cada uno emitiría un parecer desde los distintos ámbitos de sus respectivas atribuciones.

(1) 30 de julio. . - —_ - .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1510 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1510

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