menos aún para el soldado de escasa educación, decidir si una orden dirigida a él es razonablemente necesaria para sofocar un disturbio...
para empeorar las cosas, él se encuentra sometido a dos jurisdicciones diferentes". (Glanville Williams, The Criminal Law, etc., Ind. ed. p.
297) "...iLa solución intermedia que otorga el derecho penal general en este país —de acuerdo a la tradición del derecho inglés— ...es que tal excepción es admisible cuando existió obediencia a una orden no manifiestamente ilegal...". . En lo que concierne al problema de la coacción, se citó un fallo de un Tribunal estadounidense: "...la amenaza, empero, debe ser inminente, real e inevitable... El test que debe aplicarse es si el subordinado actuó bajo coacción o si él mismo aceptó el principio involucrado en la orden. Si la segunda proposición es correcta, la excusa de la orden superior fracasa... Cuando la voluntad del actor se confunde con la voluntad del superior, en la ejecución del acto ilegal, el actor no puede argumentar haber actuado bajo coacción de órdenes superiores. ..".
e) Instrucciones del juez militar en el caso "Calley" (1971).
El teniente Calley fue juzgado por un tribunal militar de los Estados Unidos por la masacre de civiles de la aldea vietnamita de "May- — Lai", , .
Sobre el tema de la obediencia debida se dijo: "A los soldados se les enseña a obedecer órdenes, y se les presta especial atención a la obediencia de órdenes en el campo de batalla. La eficiencia militar depende de la obediencia de órdenes. Por otro lado, la obediencia — del soldado, no es la obediencia de un autómata. Un soldado es un agente racional, que está obligado a responder, no como una máquina sino como una persona. El derecho tiene en cuenta estos factores al determinar la responsabilidad penal por actos realizados en cumplimiento de órdenes ilegales. Los actos del subordinado hechos en cumplimiento de una orden ilegítima, dada por su superior quedan excusados, y no le imponen responsabilidad penal, a menos que la orden del superior sea de tal naturaleza que una persona de sentido y entendimiento normales habría advertido, teniendo en cuenta las circunstancias, que la orden' era ilegal, o que el acusado sabía perfectamente que la orden era ilegal..." (todos los fallos transcrip
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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1268
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