En un fallo posterior (1964) el mismo' tribunal rechazó los argumeatos del acusado acerca del error sobre la legitimidad de las órdenes respecto de la matanza de civiles indefensos: "....él sabía, a pesar de su largo adoctrinamiento en la SS, que estaba dirigido al aprendizaje en la obediencia ciega, que no toda orden es "sagrada" y que no toda orden del líder nazi obligaba a la obediencia incondicionada sino que el deber de obediencia tenía un límite, aun frente a Hitler, Himmler u otro líder nazi, fijado por la: ley y la moral y que a tales órdenes, que estaban evidentemente en contradicción con toda moral humana y todo orden jurídico —como es el caso aquí de la orden de matar—, se les debía negar obediencia si es que no deseaba colaborar en forma conciente en un delito...".
Más adelante, el Tribunal rechazó la alegación del acusado de haber actuado coaccionado -por sus superiores, ya que: "el comportamiento global del acusado deja entrever claramente su disposición interna de ejecutar por medio de su escuadrón la orden recibida..." Este último fallo se encuentra transcripto en el libro "Justiz und Ns.
Verbechen", 'Tomo XX, pág. 23, y siguientes).
g) Sentencia del Tribunal Supremo Alemán, del 22 de noviembre de 1952 (BGH st. 2,251).
Los acusados, integrantes de la SS, habian asesinado a cuatro civiles indefensos en cumplimiento de una orden del superior.
El tribunal rechazó ¡as excusas de los -imputados que alegaban haber actuado bajo la eximente de la obediencia debida de esta manera (págs. 257/258): "...El derecho penal no conoce una causal de exculpación basada en la ciega obediencia y no la puede reconocer, ya que, de tal forma, renunciaría a los fundamentos de la responsabilidad del ser humano como persona. Aun el mismo juramento nazi a la bandera..., el cual obligaba a los soldados a una obediencia incondicional respecto de Hitler, no eliminó la excepción obligatoria del parágrafo 47 del Código Penal Miiitar... aun cuando el juramento de la SS y la pertenencia a aquélla estableciese la obediencia ciega, ello sería jurídicamente irrelevante. Quien se somete voluntae. riamente a una voluntad ajena, sigue siendo penalmente responsable.
Los códigos penales militares de casi todos los estados muestran que
Compartir
62Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1270
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-310/pagina-1270
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 310 Volumen: 1 en el número: 1270 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos