Está probado que Carlos Juan Apezteguía recuperó su libertad el 2 de abril de 1976. Ello surge de los propios dichos del denun«ciante, - . .
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Car los Juan Apezteguía fue desarrollado de acuerdo al proceder des- — cripto en la cuestión de hecho N° 146. , - CASO N° 6: ALVAREZ, UBALDO ELOY Está probado que el 30 de marzo de 1976 Ubaldo Eloy Alvarez .
fue privado de su libertad en la localidad de Morón, Pcia. de Buenos Aires, frente a la Universidad allí establecida, por fuerzas ar- madas que actuaban. bajo el comando operacional del Primer Cuer- po de Ejército. .
Ello se desprende de la declaración que el damnificado prestara a fs. 258 del sumario que tramita ante el Juzgado: de Instrucción Militar Ne 12 de la Fuerza Aérea, N° 698, donde dice que fue llevado, junto con otros compañeros de tareas del Policlínico Posadas, cuando estaban reunidos tratando la situación que se había producido ante la intervención del nosocomio por las fuerzas armadas. Que luego de 'su detención fue llevado a la Comisaría de Morón y ese mismo día a la cárcel de Devoto y por último a la de Olmos.
Que Alvarez no pudo ratificar sus dichos en este sumario debido a que falleció en un accidente de tránsito el 27 de enero de .
1985; pero corroboran todo lo indicado anteriormente su esposa Carmen Lidia Tucci, y su hermano Arcadio René Alvarez, quienes, inmediatamente luego de la detención del damnificado concurrieron a la Comisaría de Morón donde fueron atendidos por personal de las fuerzas armadas, que no dieron explicación alguna, enterándose dos semanas después que estaba alojado en Devoto.
Testigos de la detención de Alvarez: fueron los damnificados Liliana Conte y Mary Rodríguez de Ibarrola, quienes deponen en autos en el mismo sentido.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1511
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