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Fallos: 309:1472 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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bora lo manifestado por el testigo Quintana, que al ser oído por este H Tribunal dijo que ese día colocan al frente de la guardia a Casco | y a Brocca, los más temibles. Continuó refiriendo Fernández que ' Casco expresó que garantizaba la vida de esos prisioneros y que de ! otros pabellones se llevaron a Solís, Parodi Ocampo, Franzen, Cue- ? vas y Duarte. Sabe, por comentarios de compañeros que los aludidos fueron llevados esa noche a la alcaidía de Policía y torturados, fa- .

jleciendo alguno de ellos. En horas de la noche fueron conducidos — a Margarita Belén donde se los fusiló. .

Ricardo F. Ilde (confr. fs. 98/99) manifestó que con otros presos eran tenidos en rehenes con la estricta orden de quitarles la vida "si sucedía algo", siendo ésta la modalidad de lo acontecido, .

según el testigo, en el "enfrentamiento" de Margarita Belén. Vio a oficiales del Ejército cuando los visitaban mencionando, entre otros, al Coronel Larrateguy quien conversó con Tierno, Parodi Ocampo, Aníbal Perrie y con la detenida Norma Valladares. , El testigo Julio Argentino Cossio (confr. fs. 103/104) dijo que 1 encontrándose detenido en el Pabellón N° 1 de la U-7 de Resisten- LN cia, Chaco, sus compañeros Salas y Parodi Ocampo recibieron or- y den de la guardia para que se prepararan. Narra que el clima que allí se vivía en esos momentos, era de total incertidumbre recordando que Salas dirigió palabras de despedida, distintas a las que usualmente se usan en estas circunstancias. Del pabellón de enfrente, el Ne 2, eran retirados otros internos. Por comentarios se enteró que los detenidos políticos, así llama a los que no son acusados de delitos comunes, fueron llevados de la U-7 al comedor de la Alcaidía, con otros internos. - .

Aníbal Ponti (confr. fs. 114/114 vta.) estaba detenido en la U-7 a la fecha de estos sucesos. Relata al igual que los anteriores lo relacionado con los aprestos de la columna a la Cárcel de Formosa, pudiendo ver que del pabellón donde estaba alojado retiraron a Salas y a Parodi Ocampo.

Encuentran sustento tales manifestaciones en lo informado .a fs. 120 del sumario referido donde se pone en conocimiento de ese

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1472 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1472

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