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Fallos: 309:1470 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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Mirta Susana Clara de Sala, quien también depuso ante este Tribunal a fs. 191 de la causa 231, dijo que su cónyuge Néstor Carlos Salas fue detenido en Resistencia con fecha 9 de octubre de 1976. Tiene conocimiento por medio de Miguel Bampini, compañero de pabellón del citado en la U-7, que un oficial de allí levantó la mirilla de la puerta de su celda y le dijo que era posible que lo volvieran a sacar y que también era posible que no regresara nunca más. El 12 de diciembre lo llevan desde la U-7 a la Alcaidía ProVincial, donde interrumpen las visitas, y allí lo ve a Salas quien le contó que estaba herido de un bayonetazo en el lado izquierdo.

Posteriormente vio que lo llevaron, ya que prácticamente no podía caminar. Por dichos de ex cautivos se enteró que estaban Tierno, Parodi Ocampo, Díaz, mencionando también con relación a éste que estaba sangrando a raíz de los golpes recibidos. Suministra los nombres de cinco testigos que vieron esos episodios. y que se los narraron a la dicente. - .

"Esta testigo relató también que un militar que ulteriormente la visitó allí hizo un paralelo entre las 11 víctimas del copamiento al Regimiento de Infantería 29 de Monte, en Formosa, y la suerte corrida por el causante y sus compañeros. Dice que el certificado de defunción. de Salas menciona que falleció con fecha 14 de diciembre de 1976, a las 7, figurando como causa del deceso "herida de bala". Posteriormente le entregaron una nota de igual tenor a la entregada al Tribunal anteriormente por otros testigos y en la que se ratifica que hubo bajas en ambos bandos y que algunos deteni- dos lograron fugar. Le hicieron saber que Salas fue inhumado en el Cementerio del Oeste y que para requerir el cadáver se debía solicitar autorización a la Jefatura adjuntando copia de la partida de defunción.

En el presente caso se han adquirido diversos elementos de juicio que corresponden a informaciones y a sumarios criminales don- de se trata el mismo objeto procesal. En efecto, de la causa 170/83, en trámite ante el Juzgado Federal de Resistencia, Chaco, se desprende que han prestado declaración "allí diversas personas que compartieron el cautiverio con algunas de las víctimas de los sucesos que se investigan. Se inició ese sumario con motivo de la recep

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1470 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1470

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