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Fallos: 309:1189 de la CSJN Argentina - Año: 1986

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dología similar seguida por las fuerzas armadas en todos los casos investigados en autos cuando procedían a privar a alguna persona de su libertad, debiendo agregarse que Nilda Noemí Actis Goreta fue mantenida clandestinamente en cautiverio en ESMA.

Ello surge de las indicaciones que da la damnificada sobre ESMA, en cuanto a la distribución de las distintas dependencias de la mis- .

ma, con sus nombres peculiares, "capucha", "capuchita", "pecera", etc.; los nombres, apellidos y sobrenombres del personal que estaba a cargo de los cautivos, cómo era su actuar con los mismos; los datos de otros detenidos que vio en el lugar y los trabajos que les hacían realizar; la individualización de las personas con números (a la deponente le tocó el N° 125). Todos estos elementos aparecen corroborados por dichos similares de los testigos damnificados que depusieran en autos, con lo cual queda corroborado este extremo.

Se debe agregar, por último, lo declarado en autos por Miriam Lewin de García, sobre que vio a la Goreta alojada en ESMA. .

Está probado que durante su cautiverio fue: sometida a meca:

nismos de tortura. o Esto surge de las declaraciones que al respecto hace la Goreta, sobre que fue orturada, dando el nombre de los marinos que lo hicieron, recibiendo golpes y aplicación de la picana eléctrica. Esto por otra parte, era un procedimiento común en ESMA, tal como lo indican los diversos damnificados que al respecto declaran en autos.

Está acreditado que Nilda Noemí Actis Goreta recuperó defini- .

tivamente su libertad el 16' de julio de 1979. .

— En efecto, están sus propios dichos al respecto, agregando que salió en libertad vigilada en el mes de febrero de ese año y para el mes de julio se le dieron los pasajes aéreos hacia Venezuela, entrega que le efectuó la misma Armada. .

Está acreditado que Nilda Noemí Actis Goreta fue obligada durante su cautiverio a efectuar trabajos por parte de las autoridades del centro donde se encontraba alojada.

L .

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Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1189 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1189

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