- departamento junto a su cónyuge, un oficial del Ejército levantó . .
un acta dejando constancia de la entrega de sus nietas a personal de la Comisaría 50. Finalmente les fueron entregadas. a él, previa .
suscripción de otra acta, donde se asentaba que su hijo y muera ' .
habían sido detenidos por personal del Batallón de Arsenales 101, sin que se le dieran a conocer los motivos. [) A fs. 4 y 13 del citado expediente lucen agregadas fotocopias del acta de entrega de las menores Ana Carolina y María Sol Com pañy a sus abuelos. .
A fs. 20 declara testimonialmente Alberto Horacio Gaddi, Comisario de la Seccional 50 de la Policía Federal, quien relata la forma en que personal del Ejército hizo entrega de las menores antes nombradas ya que sus padres habían sido detenidos como consecuencia. de un procedimiento antisubversivo. .
En idénticos términos declara a fs. 21 María Encarnación Ca pel de Compañy, madre de la víctima. .
Con motivo de su detención se hicieron gestiones ante autori dades en procura de la averiguación de su paradero y libertad.
Se encuentra agregado el referido expediente .N° 459/78 del .
— Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correc"cional Federal N° 5, Secretaría Ne 13, caratulado: "Compañy Ri — cardo Juan, García de Comipañy Susana: Azucena s/recurso de hábeas corpus", iniciado el 2 de mayo "de 1978.
" A fs. 1 vta. Julio Compañy manifiesta que su esposa concurrió .
al Batallón de Arsenales 101 —Area IV— y que también se comunicaron con el Comando Subzona Capital Federal, con asiento en Palermo, lugares donde se negó la detención de sus familiares. ' Está probado que a raíz de una solifitud judicial la autoridad requerida contestó negativamente.
Compartir
55Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1986, CSJN Fallos: 309:1183
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-309/pagina-1183
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 309 Volumen: 2 en el número: 159 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos