RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recur50. Fundamento. .
Es improcedente el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que hizo lugar al amparo y condenó a la Comisión Municipal de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires a entregar al actor, en calidad de comedato, una vivienda adecuada para él y su grupo familiar, ya que el recurrente no refuta adecuadamente las consideraciones del a quo, en particular las que vinculan las disposiciones del art. 14 nuevo de la Constitución Nacional con la situación planteada en autos, de la cual a.
decir del juzgador surge el derecho a una solución concreta que impide que se soslaye la protección que el Constituyente quiso proporcionar a la familia, y, en particular, en relación con su vivienda (Disidencia ° de los Dres. Carlos S. Fayt y Jorge Antonio Bacqué).
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestioo nes federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales de La inteligencia del art. 28 de la ley 19.549, atenta su índole procesal, es materi1 propia de los jueces de la causa, ajena a la instancia extraor- . dinaria (1). - . RAUL NIZZIA v. LECOR S.A. o mora", del 15 de abril de 1986. —
IMPUESTO Al. VALOR AGREGADO.
Del análisis de las leyes 20.631 y 22.294, decreto 929/74, Resolución de la ex-Secretaría de Estado de Vivienda y Urbanismo N° 368/76 y las Re-' soluciones Generales de la Dirección General Impositiva N° 2238 y N° 2285 resulta que al mes de abril de 1980, fecha en la que según el boleto de compraventa, la unidad debió ser entregada al comprador, y verificarse el hecho imponible, resultaba procedente la exención del impuesto al valor agregado. De modo que corresponde dejar sin efecto la senten- cia que revocó el pronunciamiento de. la instancia anterior en cuanto eximió al actor del pago del impuesto al valor agregado en relación con una operación de compraventa inmobiliaria, a fin de que se resuelva a cuál de las partes del contrato de compraventa inmobiliaria le cabe Ja obligación de afrontar el pago del impuesto al valor agregado, to (1) Fallos: 298:760 ; 300:293 ; 302:237 , 884; "Jaloff, Elisa s/amparo por . .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:865
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