476 . FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 2) rechazar la impugnación formulada por la accionada en cuan- .
"to al método de actualización empleado en el proyecto de liquidación considerado; .
. 3) devolver las actuaciones a la Subsecretaría de Administración para que, en el plazo de veinte días, reformule dicha liquidación con ajuste a los criterios señalados. — Augusto Mario More- .
llo — Germán Bidart Campos — Luis Moisset de Espanes — Ernesto — R. Gavier — Roberto A. N. Terán Lomas — Jorge Mosset Iturraspe.
JOEL BILLORDO y OTROS v. ASOCIACION CIVIL JOCKEY CLUB
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios. .
Es improcedente "el recurso extraordinario deducido contra el pro- nunciamiento que no hizo lugar al reclamo de los actores —quienes — desempeñan tareas administrativas para el Jockey Club de lunes a vier nes y trabajan en reuniones hípicas los sábados, domingos y feriados— dirigido a obtener el otorgamierito ,de los descansos semanales" com- .
pensatorios correspondientes a las tareas cumplidas los días sábados, . domingos y feriados o en su defecto el pago del recargo "del 100 por esos servicios, de conformidad con lo dispuesto en. las leyes 4661, 11.544, decreto-ey 2446/56 y sus decretos reglamentarios. Ello es así pues el a quo resolvió la cuestión planteada sobre la base de la interpretación y aplicación de normas de carácter procesal —arts. 59 y 94 de la ley 18.345— con fundamentos suficientes que, al margen de N - su acierto o error, le otorgan validez como acto judicial (1).
ACEBO S.A.C.LLF. v. PROVINCIA neL NEUQUEN
REIVINDICACIÓN. . E. La acción reivindicatoria debe ser dirigida contra quien se encuentre ejerciendo la posesión 'de la cosa, cón el objeto de recuperarla (arts.
2758, 2772 y concordantes de Código Civil). . (1) 4 de abril. Fallos: 287:237 . . - o
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:476
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