DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 2657 4, del Código de Procedimientos en Materia Penal y el art. 24, inc. 7, —del decreto-ey 1285/58 (1).
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Conflictos entre jueces.
Tanto el art. 43, inc. 4°, del Código de Procedimientos en Materia Penal como los arts. 150 y 151 del Código de Justicia Militar prevén la posibilidad de que se susciten conflictos jurisdiccionales entre magistrados del Poder Judicial y los jueces del fuero castrense (2). , JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia militar. .
No resulta impedimento a la competencia del fuero castrense dispuesta por el art. 10 de la ley 23.049 para juzgar a personal policial prima facie implicado, la circunstancia de que el control operacional ejercitado por Jas Fuerzas Armadas sobre la Policía de la Provincia de Sañtiago del Estero no encuadra en las previsiones del decreto 2771 del 6 de oc:
tubre de 1975, por falta de convenio entre la Nación y la provincia (3).
ANA MARIA M. CARUSO »e CARRI, ROBERTO E. CARRI,
ADELA E. CANDELA DE LANZILLOTTI y PABLO B. SZIR
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Cuestiones de competencia. Intervención .
de la Corte Suprema.
Si el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas se ha pronunciado ra- tificando la solicitud de inhibitoria formulada por su presidente e insistido en ella ante la negativa del juez en lo penal, aparecen satisfechos los recaudos exigibles para tener por planteada una cuestión de competencia que corresponde dirimir a la Corte conforme a las, fa1) 30 de diciembre. Fallos: 307:1419 . 2) Fallos: 308:1966 . Sentencia dictada con fecha 27 de mayo de 1986 en la competencia n° 202 "Presunta privación ilegítima de la libertad, interpuesta por el Dr. Miguel del Valle Sayah Correa.
3) Fallos: 308:2383 .
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:2657
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