Siendo así, lo decidido resulta susceptible en esta materia de «descalificación a mérito de la arbitrariedad alegada (conf. doctrina de Fallos: 300:671 , causas: "Cacace, Carlos c/Gobierno de la Provincia de San Luis s/contenciosoadministrativo - recurso de incons"titucionalidad", C.7, L. XVIII, y "Acerbo S.A.C.I. e I. y otros c/Banco Popular Argentino", A. 453, L. XIX, sentencias del 24 de abril de 1979 y 4 de setiembre de 1984, respectivamente), .
En cambio en lo atinente a las costas, si V.E. comparte lo ex- presado sobre lo principal, en el nuevo pronunciamiento deberá ajustarse lo resuelto en punto a dicho rubro a lo que en esa oportunidad se decida, en virtud de lo cual considero inoficioso expedirme sobre el tema: , Por todo ello, considero que, con el alcance señalado, debe hacerse Jugar a la queja, dejar sin efecto el pronunciamiento recu- rrido y disponer que, por quien corresponda, se dicte uno nuevo. , Buenos Aires, 31 de julio de 1986. Juan Octavio Gauna.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA .
Buenos Aires, 16 de setiembre de 1986.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en Ja causa Schalet Awigdor Zisie y otra c/Alter, Rafael", para decidir Sobre su procedencia.
Considerando: Que por los fundamentos del dictamen del señor Procurador General, que esta Corte comparte y a los que se remite por razones "de brevedad, corresponde hacer lugar a esta presentación directa.
Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia en cuanto fue materia de agravio.
e AUGUSTO CEsar BELLUSCIO — CARLOS S. FAYT — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE ANTONIO BACouÉ.
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1698
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