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Fallos: 307:683 de la CSJN Argentina - Año: 1985

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DISIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON ENRIQUE
SanTIAGO PETRACCHI Y DON JORGE ANTONIO BACQUÉ Considerando:

19) Que la causa principal, que en copia corre agregada a este incidente de competencia, tiene por objeto investigar la privación ilegítima de la libertad de la cual fue víctima el señor Alfredo Antonio Giorgi, técnico del Instituio Nacional de Tecnología Industrial. La privación de la libertad del nombrado ocurrió en el establecimiento que aquel organismo posez en la localidad de Miguelete, Provincia de Buenos Aires, el 27 de noviembre de 1978.

Según surge, prima facie, de las averiguaciones hasta ahora practicadas, Giorgi habría sido alojado, luego de su arresto ilegal, en el establecimiento elandesino que, al parecer, funcionó en la antigua estución tranviaria ubicada entre las calles Lacarra, Fernández, Rafuela, Olivera y Ramón L. Falcón, de la Capital Federal.

29) Que en el sumario interviniente el Juzgado Federal N9 1 de San Martín, Provincia de Buenos Aires, cuyo procurador fiscal planteó excepción de incompetencia por declinatoria (fs. 1 de este incidente) fundado en que, con arreglo al art.-10, de la ley 23.049, el conocimiento originario del caso corresponde al Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.

La parte querellante se opuso a la aludida pretensión del ministerio público, que fue rechazada por el juez de primera instancia.

Apelada la resolución de ese magistrado, la Cámara Federal de La Plata la revocó, declarando la incompetencia de los tribunales nacionales para entender en la causa excepto en lo atinente a los civiles involucrados en cl proceso.

39) Que el recurso extraordinario deducido por la querellante contra el referido pronunciamiento de la Cámara Federal de La Plata es procedente, toda vez que media denegación del fuero federal (Fallos: 285:141 ; 292:227 ; 295:776 ; 298:581 ; 302:258 ).

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:683 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-307/pagina-683

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