11) Imponer las costas por su orden.
IV) Tener presente la reserva del Caso Federal. Edyardo Alberto Donna — Eugenio Ran! Zaffaroni.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 de diciembre de 1985.
Vistos los autos: "Rodríguez, Horacio Daniel s/hábeas corpus".
Considerando:
Que resultan aplicables al caso las razones que fundan la sentencia recaída el 3 de diciembre del corriente en los autos "Granada, Jorge Horacio s/recurso de hábeas corpus en su favor", G. 414. XX.
Por ello, se confirma lí sentencia apelada.
José SEVERO CABALLERO — AUGUSTO CÉ
SAR BELLUSCIO (en disidencia) — ENRI-
QUE SANTIAGO PETRACCHI — JORGE AN-
ToNIO BACQUÉ.
DISIDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO
DOCTOR DON AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO
Considerando:
19) Que, dispuesta por el Poder Ejecutivo la detención —entro otras personas— de Horacio Daniel Rodríguez, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional declaró la inconstitucionalidad del decreto 2049/85, hizo lugar al recurso de hábeas corpus interpuesto en su favor, y dispuso la extracción de testimonios para la investigación de los posibles delitos de acción pública que pudieran haberse cometido.
29) Que, en esa situación, se dictaron los decretos 2069/85 y 2070/85, por los cuales se declaró el estado de sitio en todo el territorio
Compartir
59Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1985, CSJN Fallos: 307:2330
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-307/pagina-2330
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 307 Volumen: 2 en el número: 788 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos