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Fallos: 307:2156 de la CSJN Argentina - Año: 1985

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ejercicio de estas últimas es que la ley le oterga capacidad para ser parte en los procesos penales en que se ventilan hechos presuntamente delictivos cometidos a través de la violación a las normas que regulan la actividad de entidades componentes de dicho sistema y que el Banco advierta con motivo de dicho ejercicio, sea que las acciones penales fueran por él promovidas, sea que la iniciación del sumario tuviere lugar por alguna otra de las formas procesalmente aptas a tal fin (confr.

mutatis mutandi, la doctrina de Fallos: 293:90 ).

Opino, por tanto, que debe revocarse la resolución apelada, admitiéndose como querellante al Banco Central. Buenos Aires, 13 de mayo «de 1985, Juan Octavio Gauna.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires. 12 de noviembre de 1985.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco Cenwal de la República Argentina en la causa Benes, Mónica y Bernasconi Cooperativa Limitada s/causa N9 28.950". para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

19) Que el recurso extraordinario cuya denegación motivó esta queja, se interpuso contra la resolución de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que confirmó la del juez de grado que no hizo lugar a la petición del representante del Banco Central de la República Argentina de ser tenido como parte querellante en el proceso que se sigue a raíz de las maniobras fraudulentas que llevaron a la liquidación de la Caja de. Crédito Bernasconi Cooperativa Limitada. La alzada desestimó la pretensión del representante del agente financiero del Estado, porque interpretó que la facultad que le confiere el art. 41 de la ley 21.526 para asumir la función de quereHante "emana especificamente del art. 170 del Código de Procedimientos en lo Criminal y tiene que adecuarse a lo dispuesto en esa disposición legal" a cuyo efecto la institución debe acreditar "ser la persona

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Año: 1985, CSJN Fallos: 307:2156 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-307/pagina-2156

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