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Fallos: 306:249 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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cuestiones de naturaleza alimentaria (Fallos: 267:336 ; 289:185 ; 293:

235, y otros), lo cual permite considerar que priva en ellas un interés de carácter institucional (doctrina de Fallos: 247:440 ) que, en modo alguno, puede considerarse equivalente al interés económico del Fisco a cuya defensa pueden verse constreñidos lo: miembros del Ministerio Público, y que autoriza a excusar su libre actuación en los términos de la doctrina de Fallos: 233:60 .

Por ello, se decide requerir dictamen del señor Procurador Fiscal, sob:c el fondo de las cuestiones que han sido materia del recurso con los límites de su concesión a cuyo efecto se le remitirán los autos.


GENARO R. CARRIÓ — Josf S. CABALLERO
— CARLos S. FaYr — AUGUSTO C. J.


BELLUSCIO — ENRIQUE S. PETRACCHI.

GEORGINA LOUISA LABSCHER
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia lederal. Jurisdicción originavia de la Corte Suprema. Agentes diplomáticos y consulares.

ES ajena a la jurisdicción originaria de la Corte la causa en la que se investigan los delitos de privación ilegítima de la libertad y robo calificado que habrían cometido autores desconocidos en perjuicio de la esposa de quien se desempeñara como Primer Secretario de la Embajada de la República de Sud Africa. Ello asi, pues aun cuando se acreditara el status diplomático del mencionado, ninguna persona aforada ha pedido ser tenida formaimente como parte querellante, asimismo, no surge de lo actuado que el hecho —por sus carzcterísticas— haya afectado el desempeño de las actividades propias de una embajada o de sus funcionarios (°).

') 10 de abril. Fallos: 305:38 , 189,

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:249 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-249

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