A su juicio, de la lectura del escrito de recurso ante la Cámara se L desprende que, "fundamentalmente, se atacan las resoluciones por haber cido dictadas excediendo las facultades que la ley otorga al Banco Central de la República Argentina, en violación tanto del principio de legaEdad, cuando de les arts. 14, 17 y 29 de la Constitución Nacional", De allí concluye que tal impugnación, "que es el ataque primordial que a la actuación del B.C.R.A. con relación a mi mandante se ha formulado, hi quedado sin respuesta", lo que "importa un ilegítimo ataque a su derecho subjetivo de propiedad".
Agrega que, "al margen de que existan o no defensas que oponer y mi mandante las tiene, a no dudarlo), el impedir toda forma de esgrimirlas es por sí mismo un agravio al derecho subjetivo de defensa en juicio", tachando de abuso unilateral del poder público, al accionar «del Banco Central.
Mas adelante, y siempre en la misma línea de argumentación, afirma que no se ha "timitado a cuestionar las resoluciones 236, 238 y 363 del B.CR.A. sólo por haberse dictado inaudita parte sino, y en primer lugar, por cuanto importan medidas aplicadas por quien no tiene autoridad para hacerlo; en segundo lugar, por no haber respetado los procedimientos que la propia ley prevé como medio de cvitar abusos (ley 21.526): en tercer lugar por importar gravísimo agravio a los derechos que a mi mandante confieren los arts. 14, 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional", Y añade: °Toles argumentos no han sido considerados por V. E".
recordando la doctrina de esta Corte Suprema acerca de la arbitrariedad de las sentencias "que omiten considerar cuestiones oportunamente propuestas, conducentes para la decisión del juicio".
A continuación enumera las cuestiones que planteó en su recurso a la Cámara, referentes al incumplimiento del art. 34 de la ley 21.526, al revocarse la autorización para funcionar al Banco Oddone sin otorgarle el derecho de presentar un plan regularizador de saneamiento; a las falsedades y contradicciones que imputó a la decisión de liquidar dicho Banco y otras falencias, con lo que "se perseguía la nulidad de las resoluciones atacados a fin de que, dictadas conforme a la Constitución y a las leyes se Ciera oporiunidad legal y racional de contestarlas".
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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1438
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