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Fallos: 306:1208 de la CSJN Argentina - Año: 1984

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1208 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA OSCAR FELIX FIGUEROA y OTRO v. LOMA NEGRA Chis. S.A.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y varantías. Libertad de comercio e industria.

Es arbitraria la sentencia que —fundada en una interpretación irrazonable del art. 56 del Convenio Colectivo N" 40/75 de la Industria del Cemento— condenó a la demandada a reincorporar a los actores, a abonarles los salarios caídos desde el despido hasta la reincorporación o su negativa y, para este último caso, estableció que el pago de tales salarios lo sería mientras continuara vigente la relación laboral. Ello así, pues lo decidido suprime el poder discrecional que es imprescindible reconocer a los empleadores en lo concerniente a la integración de su personal, con menoscabo de la garantía del art, 14 de la Constitución que consagra la libertad de comercio e industria.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Derecho de propiedad, Es lesiva de la garantía de propiedad la obligación de pagar remuneraciones que no responden a contraprestación de trabajo alguno, ni pueden considerarse indemnizatorias de daños por falta de trabajo, pues lo común es que las personas capaces logren emplear su tiempo en otra labor retributiva,
CONTRATO DE TRABAJO.
Una vez rota la relación laboral a raíz de un despido injusto debe recomocerse el derecho a reclamar una indemnización razonable proporcionada al perjuicio sufrido, pero no puede admitirse como legítima la carga a seguir abonando remuneraciones habiendo cesado la relación laboral por voluntad ineguivoca del empleador de prescindir de los servicios del dependiente,
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte:

Estas actuaciones se originan por el despido sin causa de dos operarios de la demandada, Loma Negra C.LA.S.A., que prestaban servicios en el establecimiento propiedad de la accionada sito en la provincia de San Juan, departamento Rivadavia, y quienes pese a haber sido indemnizados de acuerdo con las prescripciones del régimen de contrato de trabajo, t.0. en 1976 (RCT), importe que los interesados recibieron a cuenta, reclamaron su reincorporación, pago de salarios caí

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1208 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-306/pagina-1208

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