CARLOS ALBERTO RAMON
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestión federal. Cuestiones federales simples. Interpretación de las leyes federales. Leyes federales de carioter procesal.
No procede el recurso extraordinario contra la sentencia que revocó la molución de la DGI por fa cual impuso tres días de arresto, con funda mento en que el sancionado no era deudor sino acreedor del fisco, y que aquel caricter constituye un requisito esencial para poner en marcha el mecanismo instituido por el art, 44, inc. a), de la ley 11683 (to, 1978) y que no exsitió la intimación fehaciente que exige dicha norma. Ello así, pues los agravios de' recurrente, en cuanto atañen a la interpretación de las normas de procedimiento y a la ponderación de los extremos de hecho efectuados por el sentenciante, no habilitan la vía del art, 14 de la ley 4805)
CARLOS STABILE 05: CAVANAGIL v. MIGUEL ANGEL MORO y OTROS
PLAZO
Las razones de seguridad jurídica que fundamentan La perentoriedad de los plazos. impiden considerar —salvo supuestos excepcionales— que el so mwetimiento 4 los mismos importe una desvirtuación de tales razones, vue ceptible de constituir exceso ritual (7).
CIMAC SCA. y. NACION ARGENTINA
CONSTITUCION NACIONAL: Control de constitucional dad. Facultades del Poder Halicial La declaración de inconstitucionalidad de las leyes constituye un acto de suma gravedad institucional, de manera que debe ser considerada como ultima mtio del orden jurídico 0) 17 de junio Fallos: 297:01 ; 298:510 .
5) 17 de junio.
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Año: 1982, CSJN Fallos: 304:892
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