DONATO EVARISTO GARCIA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no jederales Interpretación de normas y actos comunes.
Son cuestiones de hecho y derecho común Las referentes ala no acumula ción de prestaciones jubilatorias (1).
CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad, Leyes nacionales. Varias.
La movilidad de las prestaciones ¡ubilatorias con base en el haber que se determina conforme al art. 49 de la ley 18.037, constituye una regiamentación razonable del principio de movilidad consigrada por el art. 14 bís de la Constitución Nacional, y su consecuencia patrimonial no puede vinentarse de manera directa con la garantia de la propiedad también invocada (5).
OSCAR AMEAL y Oma v. AGUSTINA A. DUCCOLI ni ALVAREZ y Orna RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso, Defectos en la fundamentación normativa.
Si hien lo atinente a la interpretación y aplicación de disposiciones legales a los efectos de la determinación de honorarios y lo relativo a las buses computables a esos fines son, como principio, cuestiones ajenas a ta vía del art. 14 de la ley 48, y la doctrina de la arbitrariedad reviste en la matería carácter particularmente restringido, ello reconoce excepción cuando medía una variación sustancial de criterios entre las regu'aciones de ambas instancias y la decisión apelada carece de fundamentación válida que la sustente. Así ocurre en el caso en que la alusión genérica a la importancia del asunto y mérito de los trabajos realizados y la cita de los artículos de arancel, no permite tomar razón del modo con que el a quo ha procedido para concluir elevando notablemente los montos fijados por el juez, im cremento que ampara incluso la pretensión de los profesonales interesados (5), 1) 13 de abril.
°) Fallos: 295:284 ; 300:194 .
Compartir
69Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1982, CSJN Fallos: 304:470
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-304/pagina-470
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 304 en el número: 470 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos