116 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA 1 men en esta instancia, toda vez que el análisis de la norma por la que se disminuye el gravamen que recae sobre los formularios impresos de pagarés en los que no se indica el monto de la obligación (art. 22, inc, E. punto 4, de la ley 6007), con miras a dilucidar si reviste o no el 4 carácter de ley penal más benigna a la luz de lo dispuesto en el art. 6 a del Código Tributario de la Provincia de Córdoba (t. o. en 1972; art.
$" del Código implantado por la ley 6006), remite a la interpretación de preceptos impositivos de mituraleza local (Fallos: 258:247 ; 268:263 ; 272:45 , entre otros). .Por ello, se desestima al queja. a Anouro R. Garner: — ABELARDO F. Rossi — Penno J. Frias — Etías P, CUAstavino — Césan BLAck.
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ALEJANDRO CAYETANO MOLINA
ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS JUDICIALES. " Para dar curso a las denuncias formuladas contra magistrados judiciales se 4 requiere que la imputación se funde en hechos graves e inequívocos o, cmando menos, en la existencia de presunciones serias que autoricen razonab'emente a poner en duda la rectitud de conducta de un magistrado o l 1 capacidad para el normal desempeño de la función. d ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS JUDICIALES, ¡ La puesta en marcha del procedimiento para enjuiciamiento de magistrados sólo se justifica Frente a la comisión de hechos o a la adopción de actitudes que revelen un intolerable apartamiento de la misión confiada a los jueces, con daño evidente del servicio y menoscabo de la investidura. | E]
ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS JUDICIALES. Y
Si del análisis de las actuaciones se desprende que las resoluciones en las que se imputa al juez haber incurrido en prevaricato se encuentran razonablemente fundadas y fueron confirmadas en lo sustancial por el superior, no constituye la denuncia vía apta para revisar el mayor o menor acierto
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Año: 1981, CSJN Fallos: 303:116
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