BANCO COOPERATIVO AGRARIO ARGENTINO Lrvo.
v. JUAN CARLOS PEYRALLO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestimes no federales. Interpretación de normas y actos comunes.
Decide cuestiones de hecho, prueba y derecho común y procesal, ajenas al recurso extraordinario y no altera las bases del proceso, la sentencia que si bien no consideró lo relativo a la autenticidad de la firma de un documento cambiario, consideró la amplitud de los términos en que fue otormida La garantía y tuvo por demostrado dicho recaudo por otras vías, al admitir que al librador de la letra se le acreditó la suma respectiva en su cuenta corriente y le fue pagada por el banco (1).
ORLINDA C. PERALTA yv. DARIO A, SUBELET Y OTRO
RECURSO EXTRAORDINANIO: Requísitos formales. Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extmordinario.
No es admisble el recurso estriordinario contra la sentencia que condena a escriturar, rechazando la recomposición del saldo de precio por rotura del equilibrio de las prestaciones, por considerar que la inflación no tiene proyección cuando la deuda es de cantidad y no media mora del deudor, si el recurrente no planteó ní formiló reserva de orden federal al expresar agravios, ni tampoco rontestó los agravios de la parte actora. Tanto el acogimiento como el rechazo de Las pretensiones de las partes son eventos previsibles que obligan al pertinente planteo de las cuestiones federales a que hubiere lugar (2).
1) 2 de setiembre, , 5) 4 de setiembre. Fallos: 209:384 ,
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:938
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