Regulo los honorríos del letrado apoderado del actor en la suma de ciento veinte mil emitrocientos cincmenta pesos Cart. 36 de la ley 21,839 y Dec. 2144/79, art. 1 me. €). Juan Octarío Gauna.
DICTAMEN DEL FISCAL DE CAMARA
Escna, Camara:
De acuerdo a las constancias del expediente adminstrativo agregado, la solieitud de rulicación definitiva en el país presentada por don Sergio Carrizo Coilo, natural del Urmzuay, fue denegada por la Dirección Nacional de Migraciones, orsanismo que consideró "que el cansante no se halla incluido en los criterios de admivon, todo en virtud de lo establecido por el decreto 1887/76" (fs. 18), a miz de que el interesado manifestó ser "Testigo de Jehová" (fs. 2), Swge también del agregado que el señor Ministro del Interior confirmó aqueMa denegatoría, declaró ilegal la permanencia del peticionario en el país, y lo conminó a °. hacer ahundono del Territorio Nacional cn el término perentorio de diez (10) días de notificado, hujo apercibimiento de expulsión..." (fs, 68/69).
Ello motivo la iniciación de la presente demanda de amparo en la que se persigue La invalidez de las resoluciones administrativas que impiden la radicación final del actor, Ahora bien, se encuentran reconocidas en autos la competencia de las autorí= dades administrativas interv mientes para resolver sobre la materia y la potestad de la Nación para reglamentar el ingreso de los extranjeros, condicionando su admisión del modo y en La medida que estime convenientes para el bien común teloctrima de Fallos: 151:24 ), Estan en cambio controvertidos: el alcance de dicha potestad; la posibilidad de que los estranjeros sin radicación definitiva cuestiones la razonabilidad de su practica con invocición de normas constitucionales; la posibilidad de que esos mismos extranjeros obtengan lo que buscan; y la atribución de los magistrados pora juzgar estos artículos, No me parece que el ejercicio de esta última pueda ser objetado a la altura actual de la jurisprudencia, cop precedentes tan socorridos como los que se registran en Fallos: 151:215 : 200:39 ; 234:203 ; 268:393 , 406, y otros.
Hasta a mi juicio su sola lectura para rechazar los agravios «que, en contrario, contiene el memoríal del Ministerio del Interior bajo el subtitulo "Facultades Discrecionales y Estera de Reserva" (Es. 116).
Por si ello se estimare insuficiente, vienen por el camino derecho al propósito de mí persamiento Las palabras de Joaquín Y. González en respuesta a los ataques contra la ley 4144: °.. esta lev tampoco excluye las funciones de la justicia, desde
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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:620
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