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Fallos: 300:1305 de la CSJN Argentina - Año: 1978

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si independientemente de ellos no se ensayo con claridad la demostración del quebrantamiento de alguna clivsula constitucional.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantias Estabilidad del empleado da No es impugnable con hase en el carácter no alsolulo de la estabilidad de los empleados públicos Cart. 14 muevo de La Constitución Nacional), la sentencia que decretó la nulidad de resoluciones administrativas «que disponían la separación del actor, basada en «que las causales en ellas alegadas —no ser funcionario de carrera y no desempeñar con eficacia las tareas que le han sido encomendadas"— no pueden ser asimiladas 9 las propias del instituto autónomo de la prescindibilidad y debieron ser probadas por el procedimiento legal que permitiera la debida defensa del imputado.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introducción de la euestión federal, Oportunidad, Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.

No es atendible la alegación de la accionada basada en la supuesta preteríción del principio de la división de los poderes, si no fue introducida en las instancias ordinarias, sosteniendo la misma que el agravio apareció por primera vez en la sentencia de la Cámara, pues en principio siempre es previsible la suerte que pueda correr la pretensión del apelante, EMPLEADOS PUBLICOS: Nombramiento y cesación. Prescindibilidad y supresión de cargos.

Corresponde confirmar la sentencia que declaró la mulidad de las resoluciones que condujeron a la separación del actor, si las mismas constituyen la expresión de una sola voluntad determinante de dicha separación, que incluye una mota de censura acerca de su conducta, y que constituye un supuesto de excepción a la doctrina de la Corte según la cual lo atinente a la política administrativa y a la ponderación de las aptitudes del personal no es matería justiciable, por lo que la prescindibilidad no admite su revisión judicial salvo que implique medida disciplinaria, desculificación del agente o su cesantía encubierta.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE LA CORTE SUPREMA
Suprema Corte:

Motiva este dictamen la denegación parcial, en lo atinente al planteo de arbitrariedad, del recurso extraordinario que la parte demandada interpusiera a fs. 235/242 del principal.

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Año: 1978, CSJN Fallos: 300:1305 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-300/pagina-1305

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