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Fallos: 30:582 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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Franco, llamado por Santos, subió á bordo de la barca, se dirigió hácia el piloto Oesterreich en actitud agresiva, y en dos 6 tres minutos, yacia sobre cubierta con cuatro heridas, tres de ellas mortales.

El ataque que llevó al piloto no pudo ser sério ni mucho menos comprometer su vida. Apenas, dice éste, que Franco le dió un golpe de puño sobre el hombro.

Estas riñas 4 mano limpia son frecuentes entre gentes de mar; no infunden terror, y casi nunca comprometen la vida de los combatientes, ni- siquiera tienen consecuencias graves.

Puede decirse que forman parte de la educacion de los pueblos del Norte, á que el piloto pertenece.

No puede, pues, sostenerse racionalmente que sintiera él su vida amenazada por el ataque de Franco, cuando no se le ocultaba que no llevaba armas de ningun género. No basta decir que presumia, por lo fuerte del golpe, que llevaba algo en la mano. Lo natural es, que si el agresor iba armado, lejos de ocultarlo, hubiera hecho de ello ostentacion, como medio de intimidacion.

Era deber del acusado probar que su vida estaba sériamente comprometida, ya porque fuera Franco un hombre hercúleo y débil él, por ejemplo; ya porque pudiera apoderarse de alguna arma allí próxima; ya por otra razon cualquiera.

No solo nada de esto ha probado, pero ni lo ha intentado siquiera, Queda, entónces, el hecho brutal en toda su desnudez.

A la simple agresion de Franco, 4 mano limpia, contesta el piloto con-un tiro disparado á boca de jarro, segun la espresion vulgar ; sin más distancia que la del brazo, no es posible no percibiera que habia dado en el blanco, y en lugar en que la herida debiera ser fatal. A pesar de esto, sigue disparando los otros tres tiros del Tewólver, no perdiendo uno solo, porque á quema ropa ninguno podia fallar. Así fué, en efecto, resul

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:582 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-582

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