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Fallos: 30:579 de la CSJN Argentina - Año: 1886

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éste, manifestando que el incidente tuvo por orígen, no la simple oposicion del piloto 4 que abandonase el buque, sinó el hecho de haberlo aquel tomado del cuello en momentos que salia por el portalen.

Quinto. Que la declaracion del contramaestre Rackono nada adelanta á este respecto, pues, segun lo afirma, no vió que Santos diera golpes al piloto ni tampoco que estuviera derribado sobre la cubierta, habiendo notado únicamente que tenia sangre en la cara. El cocinero Sehúly ignora tambien lo ocurrido entre Santos y Oesterreich.

Sexto. Que ninguno de los tripulantes ha estado presente un el paraje en que ocurrió el suceso entre Franco y el piloto Oesterreich, ni saben dar razon de la manera cómo él se produjo, limitándose á decir Santos, que cuando Franco ocurrió en su auxilio se dirijió á popa encontrándose ú los dos ó tres minutos con el piloto que venia armado de un rewólver y habiendo vido la detonacion de tres tiros, huyó á tierra á requerir el auxilio de la autoridad. Rackono tambien ignora lo ocurrido entre Franco y el piloto, no habiendo visto más que cuando aquel se dirijió contra éste con el objeto de atacarlo; el cocinero Schúly declara más 6 menos en los términos que el anterior, y en cuanto á la declaracion del capitan, no habiéndose encontrado en el buque al producirse el lance, se basa solamente en referencias de los tripulantes.

Séptimo. Que del exámen de estas declaraciones resulta desde luego que, si bien la conducta de los marineros Santos y Franco al pretender desertar el servicio del buque, daba mérito á que fuesen apremiados con prision al cumplimiento del contrato, no es menos cierto que el piloto, observando una conducta prudente hubiera evitado que la desercion se produjera, solicitando el anzilio de las autoridades policiales, tanto del puerto como de tierra, fácil de obtenerlo, si se tiene en cuenta el paraje en que el buque se hallaba fondeado, que permitia su

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Año: 1886, CSJN Fallos: 30:579 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-579

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