Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 30:348 de la CSJN Argentina - Año: 1886

Anterior ... | Siguiente ...



CAUSA CVYI
El Doctor D. Marcelino Mesquita, contra la Municipalidad de Buenos Aires, sobre cobro de daños y perjuicios; por falta de cumplimiento de un contrato.

Sumario. — 1" El dendor de la obligacion de hacer, solo está obligado úá ejecutar el hecho del modo en que fué la intencion de las partes que lo ejecutára ; y no es responsable de los daños y perjuicios que se deriven de no haberse verificado el hecho, si practicó las diligencias convenidas para verificarlo y no fué por su culpa que no se verificó.

2" El acreedor de la obligacion por su parte, no tiene derecho para exigir la indemnizacion de perjuicios por tal causa, cuando ademas no ha cumplido las obligaciones que pesaban sobre él, y ha reconocido que la inejecucion del hecho no imponia responsabilidades al deudor.

Caso. — El Doctor D, Marcelino Mesquita, convino en G de Abril de 1872, con la Municipalidad de Buenos Aires, el establecimiento de un radio por siete años para el Mercado Inde

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

60

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1886, CSJN Fallos: 30:348 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-30/pagina-348

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 30 en el número: 348 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos