V. La patente de paquete espedida por el Gobierno Nacio.
nal al «Gran Chaco» y dada á nombre de Pietranera como director de la Empresa.
Fallo del Juez Secciónal Buenos Aires, Febrero 26 de 1866.
Vistos estos autos seguidos por los señores Vincente Casares é hijos, don José Badaraco, don Sebastiano Cichero, y don Francisco Multado contra don Tomás Pietranera, por cobro de pesos, oído el informe del ahogado del demandado, y considerando : Que los demandantes han probado su accion de venta en las cuentas presentadas y corrientes de fojas 14 7 y en el hecho de haberse empleado los artículos vendidos en beneficios del buque «Gran Chaco» y por consiguiente de la sociedad «Navegacion del Bermejo,» y en el de ser administrador y gerente de esa Compañía don Tomás Pictranera:
que él demandado se ha escepcionado, alegando se justifique por los demandadantes la inversion de los artículos en beneficio del buque, y en que no está obligado á pagar mas que la parte que proporcionalmente le corresponda como mero socio: que recibida 4 prueba se ha producido la que corre de foja...4 foja...; que de esta prueba resulta que efectivamente se han empleado enel buque efectos tomados de las casas de los demandantes, pues así lo declararon individuos dela misma tripulacion, prueba que corrobora la que resulta de los Jibros de los demandantes, y de la declaracion del socio don Angel Basso, pudiendo de todo esto concluir, que los efectos cuyo valor se cobra, han sido empleados en el buque de la Compañía; que la escepcion alegada por Pietranera, de que solo está obligado á pagar su parte proporcional es inadmisible, por cuanto, como socio gerente es solidariamente responsable de las deudas de la sociedad (art.
402 y 427 del Código de Comercio) pero; considerando al mismo tiempo, que ni la sociedad ni el socio administrador
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:334
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