señor Procurador General, se revoca el auto apelado de foja nueve vuelta, declarándose que el Juez de Seccion es competente para conocer de esta causa, y prévio el pago de costas y reposicion de sellos, devuélvasele para que reasumiendo su jurisdiccion conozca y resuelva lo que fuere arreglado á derecho.
FRANCISCO DE LAS CARRERAS—SALVADOR MARÍa DEL CARRIL—JosÉ BARROS Pazos.—Jost
B. DE GOROSTIAGA.
TAUSA CLXETV.
D. Severa Gutierrez del Castillo contra la sucesion de D. Julian Aberastain, sobre deslinde y litispendencia.
Sumario—1° Seguido un juicio de deslinde ante los Tribunales de Provincia, no puede el sucesor de una de las partes pedirla nulidad de la mensura practicada, á la Justicia Nacional.
2? La litispendencia ante los Tribunales Provinciales es razon legal para que la Justicia Nacional se declare incompetente Caso.—D. Severo del Castillo español interpuso demanda ante el Juez de Seccion de Mendoza contra D. Hilario Corea representante de la sucesion de D. Julian Aberastain, pidiendo
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Año: 1866, CSJN Fallos: 3:320
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