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Fallos: 295:546 de la CSJN Argentina - Año: 1976

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impide su continación y que puede encontrar remedio en La misma instar cia judicial en que fue dictada (5).


HECTOR OSCAR ALONSO y. NACION ARGENTINA
RETINBO POLICIAL.
De acuerdo con lo dispuedo en el art. 33 de la Ley Organica de la Policia Federal, comesponde a un ex oficial subinspector, sancionado con la baja, percibir un haber mensual de retiro jeual al 42 de la remuneración corespondiente 4 ese grado, La situación del peticionante queda asimilada a los casos de retiro ubligatorio que trata el ime. 1 apastado 6), del art. 83 «e la citada ley.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL SUSTITUTO
Suprema Corte:

Vienen estos autos a dictamen a raíz del recurso extraordinario interpuesto a Es. 50 por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policia Federal contra el fallo de la Cámara Federal de la Capital Sala en lo Contenciosoadministrativo n? 1— que, al confirmar el pro nunciamiento del juez de primera instancia, reconoció el derecho del actor a percibir, desde el instante en que se decretó su baja, un haber mensual de retiro igual al 42 de la remuneración correspondiente al grado de oficial subinspector, La apelación es formalmente procedente pues el tribunal a quo decidió el litigio mediante la aplicación de normas federales a "las que asignó un alcance distinto del propiciado por la Caja recurrente, En lo que atañe a la cuestión de fondo, se circunscribe a dilucidar si asiste al accionante, ex oficial subinspector de la Policía Federal sancionado con la baja por infracción a lo previsto en el artículo 341, primera parte, del decreto 6580/58 (ver fs. 19) y con un cómputo, a ese momento, de 13 años, 1 mes y 25 días, el derecho a percibir un haber mensual de retiro.

1) 12 de agosto. Fallos: 276:365 , 277:368 .

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Año: 1976, CSJN Fallos: 295:546 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-295/pagina-546

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